Protección de datos · Ley 21.719 · Vigencia 1 dic 2026

Cumplimiento Ley 21.719
liderado desde lo digital.

La adecuación a la nueva ley de protección de datos es, antes que nada, un problema técnico: inventariar datos, arreglar consentimientos, poder responder solicitudes y detectar incidentes. Lo lideramos nosotros desde lo digital, con el respaldo de nuestro staff de abogados y peritaje para la capa legal. Un solo equipo, hasta el 1 de diciembre de 2026.

Las 5 obligaciones, cubiertas

De la teoría de la ley a tu operación a derecho.

Cada obligación de la Ley 21.719 se traduce en trabajo concreto. Esto es lo que hacemos para dejar a tu empresa en cumplimiento —y poder demostrarlo.

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Diagnóstico de cumplimiento

Partimos por el mapa de brechas: dónde estás hoy frente a la ley y qué priorizar para llegar al 1 de diciembre sin sustos. Sin diagnóstico no hay plan.

  • Gap assessment por obligación
  • Riesgo y prioridad de cada brecha
  • Plan de adecuación por fases
  • Estimación de esfuerzo y costo
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Inventario y mapa de datos

El cimiento de todo: qué datos personales tratas, con qué finalidad, dónde viven y quién accede. Lo levantamos técnicamente, no con una planilla a mano.

  • Registro de actividades de tratamiento
  • Descubrimiento de datos en tus sistemas
  • Clasificación de datos sensibles
  • Flujos y responsables por dato
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Consentimiento y derechos ARCO

Dejamos tus formularios, flujos y consentimientos a derecho, y automatizamos las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición para responder en plazo.

  • Formularios y consentimientos sin casillas premarcadas
  • Portal/flujo de solicitudes ARCO
  • Automatización de búsqueda y borrado
  • Trazabilidad y evidencia de cumplimiento
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Proveedores y DPAs

Identificamos cada herramienta externa que procesa datos por ti y ordenamos los acuerdos de tratamiento (DPA). Aquí es donde se filtra la responsabilidad si nadie mira.

  • Inventario de encargados de tratamiento
  • Revisión y firma de DPAs
  • Cláusulas y transferencias internacionales
  • Matriz de riesgo por proveedor
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Respuesta a incidentes (72h)

Para notificar una brecha en 72 horas primero hay que detectarla. Montamos la capacidad técnica y el plan que dice quién hace qué cuando el reloj corre.

  • Plan de respuesta documentado
  • Detección y monitoreo
  • Protocolo de notificación a la Agencia
  • Simulacro y mejora continua
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Respaldo legal y peritaje

La capa jurídica la cubre nuestro staff de abogados y peritaje: lo digital y lo legal trabajando juntos, no dos proveedores que no se hablan.

  • Validación legal de la adecuación
  • Políticas y contratos a derecho
  • Peritaje informático forense
  • Acompañamiento ante fiscalización
Por qué Apollo.TI

Lo digital y lo legal, en un mismo equipo.

La mayoría de las empresas enfrenta la ley con dos proveedores que no se coordinan: un estudio jurídico que redacta políticas y un proveedor técnico que nunca las implementa. Nosotros lo resolvemos completo. El grueso de la adecuación es técnico —y ese es nuestro terreno—, mientras nuestro staff de abogados y peritaje informático respalda la capa legal y forense. Escribimos la guía de las 5 obligaciones de la Ley 21.719 para explicarlo en simple; este servicio es ejecutarla en tu empresa.

Conversemos tu caso
Preguntas frecuentes

Sobre la Ley 21.719 y la adecuación.

¿Desde cuándo rige la Ley 21.719 y qué arriesgo si no cumplo?
Entra en plena vigencia el 1 de diciembre de 2026, cuando la Agencia de Protección de Datos puede fiscalizar y sancionar. Las multas por infracción gravísima llegan hasta 20.000 UTM (del orden de $1.400 millones). No hay período de gracia posterior: el plazo de adecuación es el tiempo hasta esa fecha.
¿Esto es una asesoría legal o tecnológica?
Las dos, y ahí está la diferencia. La mayor parte del trabajo de adecuación es técnico —inventariar datos, arreglar formularios y consentimientos, poder responder solicitudes y detectar incidentes—, y eso lo lideramos nosotros desde lo digital. La capa jurídica la cubre nuestro staff de abogados y peritaje. Un solo equipo, sin hand-offs entre un proveedor legal y uno técnico que no se coordinan.
¿Por dónde empieza el proyecto?
Por el diagnóstico de cumplimiento y el inventario de datos. Sin saber qué datos tienes y dónde viven, el resto de las obligaciones queda en el aire. A partir de esa foto priorizamos según el riesgo de cada brecha y armamos el plan por fases.
¿Aplica a mi empresa aunque sea mediana o pequeña?
Sí. La ley no distingue por tamaño, sino por si tratas datos personales: clientes, empleados o proveedores. Lo que cambia con el tamaño es la escala del esfuerzo, no la obligación.
¿Cuánto demora dejar a una empresa en cumplimiento?
Depende del tamaño y del desorden inicial de los datos, pero no se enfrenta como un solo proyecto gigante. Con el diagnóstico priorizamos lo de mayor riesgo primero y avanzamos por fases medibles. Lo importante es empezar con tiempo antes de diciembre de 2026.
Agendemos

¿Llegas a diciembre en cumplimiento?

30 minutos de diagnóstico, sin costo ni compromiso. Te decimos si te podemos ayudar y, si no, te recomendamos a quién acudir.

📍 Cerro El Plomo N°5931, Oficina N°1213, Las Condes
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